Seguridad
de la Información y Protección de
Datos
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Más del 95 por ciento de
las empresas canarias incumplen la ley de protección de datos de
carácter personal
Tan sólo 167.147
empresas españolas con actividad privada cumplen esta normativa que
obliga a registrar en la Agencia de Protección de Datos las bases de
datos que contengan información de carácter personal.
La Cámara de
Comercio de Santa Cruz de Tenerife advirtió ayer de que más del 95 por
ciento de las pequeñas y medianas empresas no se han dado de alta en la
Agencia de Protección de Datos, como exige la ley de protección de
datos de carácter personal, lo que puede acarrear sanciones de entre 600
y 600.000 euros.
Este panorama es
similar al que se registra en el resto del país, donde tan sólo 167.147
empresas con actividad privada cumplen esta normativa que obliga a
registrar en la Agencia de Protección de Datos las bases de datos que
contengan información de carácter personal, como ficheros de clientes o
nóminas de los empleados.
La Cámara de Comercio
informa en un comunicado de que para cumplir esta normativa los
empresarios argumentan los elevados costes de implantación, falta de
información y desconocimiento sobre las obligaciones que impone la
ley.
Entre los sectores
más afectados por la normativa se encuentran el sanitario y el
farmacéutico, donde las medidas de seguridad serán de especial
importancia ya que deben aplicarse en su grado máximo, así como las
administraciones públicas.
Todas las empresas que
guardan datos personales en ficheros informatizados, ya sea de
empleados, clientes, proveedores o a relaciones de cualquier otro
género, deberán implantar las medidas mínimas de orden legal,
organizativo e informático que marca la normativa.
Según Victoria Báez
Torres, directora del departamento jurídico de la Cámara de Comercio de
Santa Cruz de Tenerife. se ha observado entre las pequeñas empresas un
desconocimiento sobre las obligaciones que impone la normativa.
"Aunque la ley prevé la
posibilidad de rebajar la cuantía de las multas, según el grado de
intencionalidad, reincidencia o perjuicios causados, el desconocimiento
puede provocar que las empresas tengan que hacer frente a fuertes
sanciones, aunque no haya intencionalidad de incumplimiento",
afirma. Por ello Baéz señala que "el único modo de evitar las multas es
informarse y asesorarse sobre las obligaciones que marca la ley".
Fuente:
EFE
26.08.03
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