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La reforma de La Ley de Riesgos Laborales (2ª Parte)

Diplomada en Magisterio Especialidad Ciencias. Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales. Diplomado en Dirección de Seguridad Corporativa y Protección del Patrimonio. Técnico Medio en Protección Civil.

abril 01, 2004 - 4.023 visitas

Integración documentada y Metodología de la Integración de la Prevención.

Esta vez continuamos hablando de la Reforma de Ley de Riesgos Laborales, comentando un segundo apartado “la integración documentada” y “metodología de la integración de la prevención”.

Si bien hablamos en una primera parte de la importancia que tiene el integrar la prevención en todos y cada uno de los niveles de la empresa, es importante destacar que además, ésta debe estar documentada. ¿Qué entendemos por documentada?

Pues no es otra cosa que el empresario tiene la obligación de elaborar y conservar a disposición de la autoridad laboral la documentación que se desprenda de la gestión en prevención de riesgos laborales.
¿Qué debe aparecer en esta documentación?

– Plan de prevención de riesgos. En este, se deberá incluir la estructura organizativa, las responsabilidades, las funciones, las prácticas, los procedimientos, los procesos y los recursos necesarios para realizar la acción de prevención de riesgos de la empresa.

– Evaluación de riesgos para la seguridad y la salud en el trabajo incluido el resultado de los controles periódicos de las condiciones de trabajo y de la actividad de los trabajadores. El empresario realizará la evolución de los riesgos, teniendo en cuenta, con carácter general, la naturaleza de la actividad, las características de los puestos de trabajo existentes y de los trabajadores que deban desempeñarlos.

– Planificación de la actividad preventiva, incluidas las medidas de protección y de prevención a adoptar y, en su caso, material de protección que deba utilizarse. Dicha planificación preventiva incluirá el plazo para llevarlo a cabo, la designación de responsables y los recursos materiales y humanos necesarios para su ejecución.

La metodología a seguir podría ser la siguiente:

1. PLAN DE PREVENCIÓN:


a. Política.
b. Compromiso empresarial en función de la gestión integral en la empresa.
c. Descripción de la estructura organizativa de la empresa.
d. Modalidad organizativa adoptada en prevención de riesgos laborales.
e. Determinación de los recursos humanos.
f. Definición de las funciones.
g. Asignación de responsabilidades.
h. Determinación de recursos materiales y económicos.
i. Buenas prácticas preventivas.
j. Procedimientos de trabajo seguros.
k. Formación e implantación.
l. Articulación de los mecanismos de participación y consulta.


2. IMPLANTACIÓN Y APLICACIÓN


a. Evaluación de los riesgos; identificación, evaluación inicial, evaluación de riesgos específicos, evaluaciones puntuales y evaluaciones periódicas.
b. Planificación; adopción de las medidas preventivas, sistematización de las medidas.


3. MANTENIMIENTO


a. Investigación de accidentes.
b. Controles periódicos de eficacia.
c. Revisión documentación.
d. Nuevas evaluaciones.
e. Auditorías: no conformidades.
4. Revisión por Dirección.
a. Nuevos objetivos.
b. Nuevas propuestas.
c. Distribución de nuevas funciones.
d. Asignación de nuevas responsabilidades.
e. Revisión de nuevas prácticas preventivas.
f. Revisión de los procedimientos de trabajos seguros.
g. Revisión, formación e información.


Expertos relacionados:

La reforma de la Ley de Riesgos Laborales (1ª parte)
La reforma de Ley de Riesgos Laborales (3ª Parte)

Fuentebelt.es
Fecha de publicaciónmayo 29, 2020

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