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Las lagunas que convierten la ocupación en un problema ingobernable

Alejandro Requeijo

La ley cuenta con herramientas para actuar con rapidez contra este fenómeno que se ha incrementado un 1.000% en diez años, pero no se aplica igual en toda España. Jueces y policías y piden directrices claras   

El problema de la ocupación se ha multiplicado en los últimos años ante la parálisis de las autoridades y la ausencia de criterios claros de actuación. La ley cuenta con herramientas para luchar contra estos delitos, pero no se aplica en todos los territorios igual. Dos casos con idénticas características pueden resolverse en horas o prolongarse durante meses. Vozpópuli ha recabado la opinión de juristas, policías y víctimas para analizar la respuesta a este fenómeno delincuencial en auge.

Policías frente a jóvenes que se manifiestan a favor de la 'okupación'

En sus orígenes, la ocupación se escribía con k y tenía que ver, sobre todo, con el movimiento contracultural que se introducía en edificios generalmente deshabitados y no necesariamente domicilios. Eso entraba en el tipo de la usurpación de bienes inmuebles, castigado con penas de multa que no permiten adoptar medidas cautelares como expulsar al ocupante mientras se resuelve judicialmente el incidente. 

El problema que ha provocado inquietud en cientos de propietarios en los últimos años es otro y tiene que ver con el conflicto entre el derecho a la propiedad y el derecho al domicilio. Los juzgados se decantan por dar prioridad al segundo. Pero el juez José Antonio Vázquez Taín destaca que existen algunos mantras que se han arraigado en el debate sin ninguna base real. “Lo de que si han pasado 48 horas desde la ocupación ya no se les puede echar porque constituye domicilio no viene escrito en ninguna parte”

«Desalojo inmediato» en Baleares

También recuerda que la jurisprudencia del Tribunal Constitucional no hace distinción entre la primera y la segunda residencia, ambas tienen la misma protección. “Yo he dictado órdenes de desalojo y nunca he tenido mayor problema”, dice el magistrado. Destaca que la Fiscalía ha empezado a considerar estas prácticas como un allanamiento, castigado con hasta cuatro años de cárcel. 

Es el caso de algunas fiscalías como la de Baleares. En junio de 2019 difundió una instrucción dejando claro que, cuando fuese ocupado un domicilio particular, ya fuese la primera o la segunda vivienda, la Policía debe proceder «directamente y de forma inmediata al desalojo». En la misma línea se ha pronunciado la Fiscalía de Valencia, pero no existe una instrucción similar que unifique criterios en todo el territorio nacional. 

En 2008, se registraron 556 condenas por este delito de usurpación. En una década se han incrementado casi un 1.000%

Para considerarlo un delito flagrante o al menos un allanamiento, la casa ocupada tiene que ser considerada “morada ajena”, es decir, el domicilio en el que vive alguien. Al acarrear condenas más altas, los jueces sí pueden dictar medidas cautelares como el desalojo. A eso hay que sumar que la ocupación de una casa muchas veces va acompañado de otros delitos como la extorsión. Se dan casos en los que los ocupas piden a los propietarios un dinero a cambio de dejar la casa. 

Otras veces se benefician ilegalmente a la toma de la luz o el agua. Vázquez Taín lo explica con un ejemplo: “Si yo entro en una casa y robo una botella, eso es robo con fuerza en casa habitada. ¿Pero si entro en la casa, me quedo y me bebo la botella dentro es una multa? Y encima hay que pedirles por favor que se vayan”. A su juicio, el error fue reducir el problema a una usurpación como si fuera todavía aquel fenómeno okupa contracultural.

Un incremento del 1.000%

Los datos que ofrece el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) permite evaluar el alcance del fenómeno en los tribunales. Solo en 2018 -último año del que se tienen datos- fueron condenadas 6.028 personas por un delito de usurpación, la mayoría con edades comprendidas entre los 21 y los 25 años de edad. Son unas 700 condenas menos que el año anterior. Se produjo un incremento significativo desde 2015 cuando se pasó de 3.278 condenas a casi el doble al año siguiente. En 2008, se registraron 556 condenas por este delito de usurpación, es decir, en una década se han incrementado casi un 1.000%.

Los condenados por allanamiento son algo mayores, entre los 26 y los 35 años de edad. El último año que el Poder Judicial detalló este otro delito en cifras fue en 2012. Apenas pasaba del medio centenar de condenas. En estas cifras oficiales habría que sumar el número de denuncias que acaban sin condena o los casos que se solucionan antes de ir a los tribunales.

Una abogada que prefiere no decir su nombre recuerda que, aunque se considere un allanamiento, se abre un proceso que puede alargarse demasiado. Letrada de oficio, ha defendido a víctimas de ocupaciones y a quienes entran en las casas: “Primero hay que identificar al ocupa, lograrlo, luego presentar una denuncia, acreditar que vives ahí (facturas de la luz, el agua, el gas…) luego que te den fecha de juicio, pueden ser meses, después tienen posibilidad de recurrir…”

«Cada vez piden más dinero»

A lo largo de su carrera ha escuchado todo tipo de trucos como comprar un arma de fuego, guardarla en la caja fuerte e incluirlo en la denuncia: “Al haber una pistola, hay jueces que se dan más prisa”.  Dice que no es sencillo que un juez acceda a unas medidas cautelares, que las saturadas agendas de los tribuales prolongan los procesos y que la policía está atada de manos porque es difícil considerarlo un delito flagrante. 

“Los agentes no están legitimados para tirar la puerta abajo porque el que está dentro te puede mostrar un contrato de alquiler, aunque sea falso, con el que defiende que es propietario de buena fe. Eso ya te obliga a ir al juzgado”. Reconoce que en ocasiones ha tenido que pagar al ocupa entre 800 y mil euros para que se vayan. “Ahora es imposible, cada vez piden más”, cuenta.

Desde la Confederación Española de la Policía (CEP), su secretario general, Víctor M. Vigil, advierte de que 2020 “ha sido el año de mayor impacto en el trabajo policial por el incremento de intervenciones”. Exigen al Ministerio del Interior “una directriz que oriente el trabajo de los policías de las unidades de seguridad ciudadana y de policía judicial. Porque la intervención de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en este ámbito se produce con mucha mayor frecuencia y es crucial la protección de la víctima y de su derecho constitucional a la propiedad”.

Las empresas de seguridad privada

Las empresas de seguridad privada agitan el miedo a la ocupación en sus anuncios. La portavoz de una de las compañías que más se promociona en la radio a diario reconoce que este temor significa una parte importante de su negocio. “Hemos notado una preocupación mayor. En los últimos meses se han incrementado las noticias en los medios. No sabemos si es antes el huevo o la gallina”, comenta. Según sus cifras, el 16 por ciento de quienes contratan una alarma con ellos verbalizan que es por miedo a que le ocupen la casa.  

Este periódico ha hablado también con víctimas de ocupación cuyos casos tuvieron desenlaces muy distintos. Jesús y su familia, de Portugalete, sufrieron que una mujer con un bebé se metiese en la casa de su tía. A sus 95 años, pasaba largas temporadas en el domicilio de una sobrina, pero le gustaba volver cada vez que tenía ocasión “porque es una señora muy de su casa”. Un domingo, un vecino de confianza les avisó de que la noche anterior se les había metido dentro de casa una chica que no les sonaba. Había roto la cerradura. La familia llamó a la Policía Municipal, “que se presentó a los cinco minutos”.

Según recuerda Jesús, la ocupa se sabía todos los resquicios legales para permanecer en la casa. Ni siquiera abrió la puerta a los agentes a los que les facilitó su DNI a efectos de identificación. Habló con ellos a través de una ventana de la entrada. La joven llegó a ofrecer un acuerdo económico, algo a lo que se negaron los legítimos propietarios. Una vez identificada, procedieron a poner la denuncia. Tuvieron que recabar las escrituras de la casa, pero también los recibos y facturas para acreditar que era la morada de su tía.  

Dos casos reales

“En el Juzgado nos dieron mes y medio de plazo para el juicio y la gente nos decía que habíamos tenido suerte y todo”. La ocupación fue a mediados de octubre y el juicio se acabó celebrando en febrero porque en la primera cita no se presentó el abogado y hubo que buscar otra fecha. Tampoco acudió nunca la ocupa, pero en este caso su presencia no es obligatoria siempre que le haya llegado la notificación del Juzgado.

Eso abre a veces la puerta a otro problema. Que los ocupas se turnen de casas para que cuando vayan a entregar la citación, el ocupa sea otro y haya que empezar todo el proceso de nuevo. En el caso de la familia de Jesús, la presión vecinal forzó finalmente la salida de la mujer mucho antes de que lo ordenase una sentencia que le condenó a pagar 1.200 euros de multa.

A Susana Ramos, una periodista, también le ocuparon la casa en agosto en Madrid. La persona que se introdujo decía estar en paro y que no tenía dónde ir con su hija. Sin embargo la Policía entró en el domicilio en cuestión de horas y desalojó a la mujer sin mediar una orden judicial. Los agentes alegaron que se estaba cometiendo un delito flagrante lo que les habilitaba para actuar.  

Fecha de publicaciónseptiembre 06, 2020

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