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…Y de pronto el COVID-19 nos hizo despertar

Director de Seguridad.
Experto en Planes de seguridad para eventos de masas y actividades deportivas y recreativas.
Auditor de seguridad, de instalaciones y actividades deportivas.
Miembro del Grupo IGOID (Investigación en la Gestión de Organizaciones e Instalaciones Deportivas (Universidad de Castilla La Mancha).

El año 2020 pasará a engrosar la mala reputación de los años bisiestos, debido a la pandemia por el virus COVID-19 en el mundo y dentro de él, en España.
La pandemia por el COVID-19 nos ha traído además de gravísimos daños personales, también daños económicos, laborales y sociales, y una de las causas de estos tres últimos, ha sido la obligada paralización de las actividades y el confinamiento de las personas inicialmente, y posteriormente, las diferentes limitaciones de acceso y densidad de ocupación.
La repercusión de las medidas de prevención sanitaria en las medidas de gestión organizativa de instalaciones y actividades deportivas, nos lleva a prestar nuestra atención en la importancia de la seguridad, sea cual sea el tipo de riesgos de los que se trata de proteger y al resto de materias y su interrelación, no tratar la materia de seguridad de un riesgo determinado si no contemplarlas como parte de un conjunto que hay que tratar coordinadamente y no separadamente.


PALABRAS CLAVE: Seguridad; Gestión de la seguridad;

ABSTRACT
2020 will go on to increase the bad reputation of leap years, due to the pandemic by the COVID-19 virus in the world and within it, in Spain.
The pandemic by COVID-19 has brought us, in addition to very serious personal injuries, also economic, labor and social damage, and one of the causes of the last three has been the forced stoppage of activities and the initial confinement of people, and later, the different limitations of access and occupation density.
The repercussion of the sanitary prevention measures in the organizational management measures of sports facilities and activities leads us to pay attention to the
importance of safety, whatever the type of risks it is about protecting and the rest
of the matters, and their interrelation, not to treat the security matter of a certain
risk, but to consider them as part of a set that must be treated in coordination and
not separately.

KEYWORDS: Security; Security management; Prevention; Damage risks; COVID-19.

Todo transcurría como era habitual, habían pasado las Navidades y las festividades de Año Nuevo y habíamos vencido la “cuesta de febrero”. Si que había noticias preocupantes sobre el virus que surgido inicialmente en China había hecho presa en Italia y amenazaba a otros países europeos entre ellos el nuestro.
El 11 de marzo la OMS declara la pandemia en el mundo y el 14 de marzo… aquel ¡14 de marzo!… la vida nos cambió a los españoles con la publicación del Real Decreto 463/2020 por el que se declaraba el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 Y dentro de dicho Real Decreto, en su artículo 10, apartado 3, leíamos con preocupación lo siguiente:

Se suspende la apertura al público de los museos, archivos, bibliotecas, monumentos, así como de los locales y establecimientos en los que se desarrollen espectáculos públicos, las actividades deportivas y de ocio indicados en el anexo del presente real decreto.

¿Las actividades deportivas?

Si, también las actividades deportivas entre otras muchas, y en principio con una duración de 15 días naturales.
Pero a esos quince días se fueron añadiendo otros muchos más hasta llegar al pasado 9 de junio en el que mediante otro Real Decreto-Ley, el 21/2020 se establecían medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y la devolución de competencias a las CCAA, asumidas transitoriamente con el establecimiento del estado de alarma por el Gobierno central.
Es decir, el estado de alarma había pasado, permanecía y permanece la situación de crisis hasta que se encuentre un tratamiento efectivo para la infección por COVID- 19 y una vacuna para prevenir dicha infección.
¿Y mientras, durante los tres meses transcurridos entre Reales Decretos, que ha
ocurrido a nivel de gestión de instalaciones y actividades deportivas?
El 28 de abril se aprobó el Plan para la Transición hacia la Nueva Normalidad, que concebía el levantamiento de las medidas de contención de modo gradual, se fueron aprobando nuevas prolongaciones del estado de alarma, y se fueron estableciendo tres fases de desescalada mediante Ordenes SND del Ministerio de Sanidad.
Según se fueron publicando las distintas Ordenes SND:

· FASE 1: Orden SND/399/2020.
· FASE 2: Orden SND/414/2020.
· FASE 3: Orden SND/458/2020.

Poco a poco con la flexibilización de las restricciones se fueron reanudando las actividades, unas antes que otras, y algunas provocando el lógico nerviosismo al ver que se iban quedan rezagadas en su autorización de reanudación como en el caso de las piscinas, excluida expresamente del arranque de la Fase 1 (Apartado 3 del artículo 41 de la Orden SNC/399/2020).

El resultado fue un aldabonazo a la atención de todos. Lo que parecía imposible, lo de: “Nunca pasa nada” y “si pasa ya lo resolveremos”, se volvía contra nosotros y ¡Si que pasaba! y además no se conseguía resolver.
Daños humanos, económicos, laborales y sociales es el resultado de una situación para la que no estábamos preparados.
Ahora que ya “la curva se ha aplanado”, y con una mezcla de temor por parte de unos, con una gran esperanza por parte de muchos y con alguna irresponsabilidad por parte de los menos, todo vuelve a la normalidad. ¿Normalidad? o… ¿“Nueva normalidad”? cómo se ha dicho antes, término este último que no deja de ser un eufemismo para edulcorar que la reanudación se hace con ciertas limitaciones respecto a lo que antes del estado de alarma hacíamos.
Pero seamos positivos. Volvemos a poder estar activos, nuestras instalaciones deportivas vuelven a abrirse y podemos reanudar nuestras actividades, pero… lo pasado además de muy negativo, ¿nos puede valer para haber aprendido algo?
La seguridad como materia relativa al ámbito deportivo era como una de esas “marías” de nuestros estudios en la adolescencia. Unas asignaturas dentro del currículum escolar que sí, estaban ahí, pero eran secundarias.
Sin embargo, en el caso de la seguridad esa materia, a la que no se le prestaba excesiva atención salvo la que demandaba el temor a sanciones por incumplimiento de requisitos obligatorios, de pronto es un término en boca de todos: “La seguridad”.
La seguridad con el COVID-19 ha alcanzado un inusitado protagonismo, pero no nos engañemos, la seguridad únicamente con un apellido, “la seguridad sanitaria”, el resto… sigue sin tenerse en cuenta.
Se habla de tomar la temperatura para detectar posibles portadores del virus, pero no se presta mucha atención a la protección de los datos de salud, como datos personales que son y además de especial relevancia.
Se habla de evitar aglomeraciones y de controlar los accesos, pero no se tiene en cuenta que ello sea compatible con la necesidad de disponer de salidas suficientes para el caso de evacuación por una situación de emergencia como por ejemplo un incendio.
¿Nos imaginamos la aglomeración que supondría en la salida de un recinto deportivo, su desalojo inmediato por un incendio?
Pues las medidas frente al COVID-19 y las medidas para unas condiciones seguras de evacuación en caso de emergencia, deben ser compatibles.
Llegados a este punto del presente artículo es donde se trata de hacer ver la importancia de la seguridad, la necesidad de su previsión y la de evitar que este caso “el árbol” de la seguridad frente al COVID-19, “no impida ver el bosque” del resto de materias de seguridad.
“El árbol” del COVID-19 es ahora lo más relevante, pero no lo único importante en materia de seguridad, ni a lo que únicamente se debe prestar atención, en detrimento o descuido de los demás temas de seguridad.
Una sola medida de prevención sanitaria como es el determinado distanciamiento social (actualmente de 1,5 m) ha afectado a:

La organización de las actividades:

· Capacidad de ocupación.
· Capacidad de atención a usuarios
· Turnos.
· Citas.
· Número máximo de deportistas participantes (al aire libre)
· Medidas alternativas cuando no sea posible mantener la distancia de seguridad.
· Pago con medios que no supongan contacto físico con dispositivos.

La gestión de concurrencia:

· Aforo
· Accesos
· Permanencia
· Uso

La gestión de espacios interiores:

· Distribución y adecuación de espacios.
· Itinerarios de movilidad interior
· Señalización de paso.

Todo ello además de tener en cuenta las medidas de:

· Limpieza y desinfección.
· Higiene personal.
· Higiene y prevención de recintos y espacios.
· Tratamiento y calidad del agua de las piscinas tanto de uso deportivo y de
uso recreativo.
· Tratamiento del aire de los espacios cerrados (ventilación y renovación).
· Prevención de riesgos laborales de los trabajadores, dentro de los cuales se encuentran todos los que intervienen en las funciones propias para el funcionamiento de las instalaciones deportivas y la realización de las actividades que en ellas se llevan a cabo: directores, gestores, técnicos: entrenadores y monitores, administrativos, personal de mantenimiento, personal de limpieza, socorristas, personal de control y vigilancia, y otros.

Además de la elaboración de protocolos relativos a la adopción por parte de
los titulares de las instalaciones y organizadores de actividades deportivas y de sus
respectivos representantes, de las diferentes actuaciones frente al COVID-19.

CONCLUSIONES

  1. El COVID-19 ha causado tremendos daños de los que será difícil recuperarse e incluso en algunos casos imposible, al tratarse de pérdida de vidas humanas, pero de todo desastre se puede sacar alguna enseñanza positiva
    que sirva para mejorar el presente y el futuro.
  2. La seguridad era es y será necesaria siempre, por la sencilla razón de que u finalidad es la protección contra los riesgos de daños, y estos, existen y existirán, sean sanitarios o de otro tipo.
  3. La seguridad es un conjunto de medidas, medios, servicios y seguros que
    interactuán entre sí y por lo tanto deben gestionarse conjuntamente no separadamente.
  4. La seguridad es una materia de gestión que debe de formar parte de la gestión general de toda instalación y actividad deportiva.
  5. La gestión de la seguridad que tiene como sus dos bases principales, los riesgos de los que se quiere proteger y la normativa de aplicación en cada caso, tiene ya una gran complejidad, lo cual requiere una información y formación específica para todos los que en el ámbito deportivo tienen responsabilidades de protección respecto a deportistas de todas las edades, usuarios y espectadores.
  6. El factor determinante de la seguridad para que se le preste toda la atención que le corresponde, es que la seguridad no es una opción si no una obligación y que su incumplimiento conlleva responsabilidades legales, incluso por desconocimiento. Recordemos el artículo 6 del Código Civil: “La ignorancia de las leyes no excusa de su cumplimiento”.
  7. Que la pandemia por el COVID- 19 nos haya hecho despertar como dice el título de este artículo y nos demos cuenta de la necesidad de prestar mayor atención a la seguridad, sobre todo en su aspecto preventivo. No esperar a que pasen las cosas, sino estar preparados para evitar que pasen, y si a pesar de todo, pasan, minimizar los posibles daños.
Fecha de publicaciónjunio 18, 2020

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